02/10/2026.- La Cámara de Senadores aprobó este viernes 2 de octubre el proyecto de ley que modifica la Ley 260 del Ministerio Público y lo remitió a la Cámara de Diputados para su tratamiento. La norma, que fusiona dos proyectos de ley, incorpora el Parágrafo VI al Artículo 25 y establece un mecanismo para la suspensión definitiva de la o del Fiscal General del Estado en determinadas circunstancias.

De acuerdo con el proyecto aprobado, cuando el Fiscal General se encuentre formalmente imputado o sujeto a una medida cautelar personal por delitos sancionables con privación de libertad, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) podrá disponer su suspensión definitiva con el voto de dos tercios de los legisladores presentes. Asimismo, en la misma sesión ordinaria en la que se determine la suspensión, la ALP deberá designar a un Fiscal General Interino, quien permanecerá en funciones hasta la elección de un nuevo Fiscal General.
La norma establece que el Fiscal General Interino deberá cumplir los requisitos generales y específicos previstos en el Parágrafo II del Artículo 227 de la Constitución Política del Estado. Entre sus atribuciones, tendrá como misión prioritaria “desmantelar toda estructura criminal que esté vinculada a la causa de la suspensión definitiva”, además de realizar las acciones necesarias para ese objetivo. También podrá reasignar temporalmente responsabilidades internas, conformar equipos de investigación, solicitar cooperación internacional y presentar o requerir la remisión de actuaciones ante la autoridad jurisdiccional competente.
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